Extensión de la dispensa de ciertos regímenes legales aplicables a la exportación en Venezuela

El Decreto N° 4.766, publicado el 9 de enero de 2023 en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela, prorroga la vigencia del Decreto N° 4.525 hasta el 9 de junio de 2023. Este último decreto tiene como objetivo optimizar y dinamizar los procesos de exportación, mediante la dispensa de algunos permisos y autorizaciones exigidos por los órganos y entes de la Administración Pública para los trámites vinculados al proceso de exportación.

La dispensa

En concreto, el Decreto N° 4.525 establece la dispensa de la presentación al momento de la exportación de algunos regímenes legales, como el permiso del Ministerio del Poder Popular con competencia en materia de Industria (Régimen legal 4), el permiso del Ministerio del Poder Popular con competencia en materia de Alimentación (Régimen legal 14) y el permiso del Ministerio del Poder Popular con competencia en materia de Pesca y Acuicultura (Régimen legal 18).

No obstante, es importante destacar que existen excepciones a la dispensa mencionada anteriormente. Así, aquellos que deseen exportar productos incluidos en los códigos arancelarios contenidos en los literales a, b y c del Apéndice I del Decreto N° 4.525 deberán presentar ante la Autoridad Aduanera el permiso respectivo al momento de la exportación.

Además, el Decreto N° 4.525 también dispensa de la autorización establecida en el Capítulo II, Sección VI del Decreto N° 2.292 para la exportación de cacao en grano y sus sub-productos y café en grano, la cual antes debía ser otorgada por el Ministerio del Poder Popular competente en materia de Agricultura y Tierras, con el fin de constatar la existencia de un suministro suficiente de estas materias primas a la industria nacional.

Es importante señalar que la dispensa de los regímenes legales mencionados en el Decreto N° 4.525 se aplicará una vez que el exportador se encuentre inscrito en el Registro Único de Exportadores de la VUCE.

El Decreto N° 4.766 entró en vigencia el 9 de diciembre de 2022.

Palabras finales

La prórroga de la dispensa de determinados regímenes legales aplicables a la exportación en Venezuela es una medida que busca dinamizar y optimizar el proceso de exportación en el país. Al eliminar ciertos trámites y permisos previos, se busca fomentar la actividad exportadora y facilitar el comercio internacional. Es importante que los exportadores estén al tanto de las excepciones y requisitos establecidos en el Decreto N° 4.525 para evitar problemas en el proceso de exportación y aprovechar al máximo esta medida.

En un ambiente productivo más sano, la medida podría tener un impacto positivo en la economía del país, ya que el aumento de las exportaciones puede generar divisas y contribuir al crecimiento económico. La simplificación de los trámites tiende también a fomentar la inversión extranjera y mejorar la competitividad de las empresas venezolanas en el mercado internacional. Esperemos que en algún momento el Gobierno Nacional decida mejorar realmente la economía del país.

Aumento del ingreso mínimo mensual en Venezuela

El Gobierno Nacional dictó un Decreto que establece el aumento del Ingreso Mínimo Mensual. Este Decreto, que entró en vigencia el 1° de mayo de 2023, buscaría mejorar la calidad de vida de los trabajadores, pensionados y ciudadanos en general, a través de diversas medidas.

En primer lugar, se ha creado la figura del “Ingreso Mínimo Mensual”, fijando un valor mínimo para los trabajadores de la administración pública, los del sector privado y los pensionados del Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (IVSS), con montos diferenciados para cada grupo.

Además, se ha incrementado el valor del Cestaticket Socialista a Bs. 1.000,00 mensuales para los trabajadores del sector público y privado. Los empleadores que paguen un monto inferior al señalado quedarán obligados al pago de las diferencias correspondientes, sin perjuicio de las responsabilidades y sanciones a las que haya lugar.

Otra medida importante es la creación del “Bono contra la Guerra Económica”, un complemento solidario único de protección sin incidencia salarial. Este bono se pagará mensualmente y tiene diferentes montos según el grupo. Los trabajadores activos de la administración pública que cobran el Cestaticket Socialista recibirán Bs. 750,00, mientras que aquellos que por su condición de pasivos no cobran este beneficio recibirán Bs. 1.225,00. Por su parte, los pensionados del IVSS que no sean trabajadores activos o pasivos de la administración pública recibirán Bs. 500,00. Con esta medida, se busca proteger a los ciudadanos y mitigar el impacto de la situación económica.

El Decreto también establece que el Ejecutivo Nacional ordenará un ajuste mensual en los montos del Cestaticket Socialista y el Bono contra la Guerra Económica, tomando como referencia el tipo de cambio publicado por el Banco Central de Venezuela. Esta medida permitirá proteger el valor de estos beneficios y el poder adquisitivo de los trabajadores.

El aumento del Ingreso Mínimo Mensual y las medidas complementarias dictadas por el Gobierno Nacional de Venezuela buscan garantizar un ingreso mínimo para los trabajadores y pensionados.

Es importante destacar que Venezuela se encuentra en una situación económica compleja, afectada por la inflación y la devaluación de la moneda nacional. Esto representa uno de los principales desafíos que enfrenta el Gobierno Nacional.

Fuentes:

  • Gaceta Oficial No. 6.746 extraordinario de 1 de mayo de 2023, mediante la cual se establece el Aumento del Ingreso Mínimo Mensual para la Protección del Pueblo Venezolano, de fecha 1° de mayo de 2023.
  • Banco Central de Venezuela: https://www.bcv.org.ve/