Extensión de la dispensa de ciertos regímenes legales aplicables a la exportación en Venezuela

El Decreto N° 4.766, publicado el 9 de enero de 2023 en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela, prorroga la vigencia del Decreto N° 4.525 hasta el 9 de junio de 2023. Este último decreto tiene como objetivo optimizar y dinamizar los procesos de exportación, mediante la dispensa de algunos permisos y autorizaciones exigidos por los órganos y entes de la Administración Pública para los trámites vinculados al proceso de exportación.

La dispensa

En concreto, el Decreto N° 4.525 establece la dispensa de la presentación al momento de la exportación de algunos regímenes legales, como el permiso del Ministerio del Poder Popular con competencia en materia de Industria (Régimen legal 4), el permiso del Ministerio del Poder Popular con competencia en materia de Alimentación (Régimen legal 14) y el permiso del Ministerio del Poder Popular con competencia en materia de Pesca y Acuicultura (Régimen legal 18).

No obstante, es importante destacar que existen excepciones a la dispensa mencionada anteriormente. Así, aquellos que deseen exportar productos incluidos en los códigos arancelarios contenidos en los literales a, b y c del Apéndice I del Decreto N° 4.525 deberán presentar ante la Autoridad Aduanera el permiso respectivo al momento de la exportación.

Además, el Decreto N° 4.525 también dispensa de la autorización establecida en el Capítulo II, Sección VI del Decreto N° 2.292 para la exportación de cacao en grano y sus sub-productos y café en grano, la cual antes debía ser otorgada por el Ministerio del Poder Popular competente en materia de Agricultura y Tierras, con el fin de constatar la existencia de un suministro suficiente de estas materias primas a la industria nacional.

Es importante señalar que la dispensa de los regímenes legales mencionados en el Decreto N° 4.525 se aplicará una vez que el exportador se encuentre inscrito en el Registro Único de Exportadores de la VUCE.

El Decreto N° 4.766 entró en vigencia el 9 de diciembre de 2022.

Palabras finales

La prórroga de la dispensa de determinados regímenes legales aplicables a la exportación en Venezuela es una medida que busca dinamizar y optimizar el proceso de exportación en el país. Al eliminar ciertos trámites y permisos previos, se busca fomentar la actividad exportadora y facilitar el comercio internacional. Es importante que los exportadores estén al tanto de las excepciones y requisitos establecidos en el Decreto N° 4.525 para evitar problemas en el proceso de exportación y aprovechar al máximo esta medida.

En un ambiente productivo más sano, la medida podría tener un impacto positivo en la economía del país, ya que el aumento de las exportaciones puede generar divisas y contribuir al crecimiento económico. La simplificación de los trámites tiende también a fomentar la inversión extranjera y mejorar la competitividad de las empresas venezolanas en el mercado internacional. Esperemos que en algún momento el Gobierno Nacional decida mejorar realmente la economía del país.

Aumento del ingreso mínimo mensual en Venezuela

El Gobierno Nacional dictó un Decreto que establece el aumento del Ingreso Mínimo Mensual. Este Decreto, que entró en vigencia el 1° de mayo de 2023, buscaría mejorar la calidad de vida de los trabajadores, pensionados y ciudadanos en general, a través de diversas medidas.

En primer lugar, se ha creado la figura del “Ingreso Mínimo Mensual”, fijando un valor mínimo para los trabajadores de la administración pública, los del sector privado y los pensionados del Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (IVSS), con montos diferenciados para cada grupo.

Además, se ha incrementado el valor del Cestaticket Socialista a Bs. 1.000,00 mensuales para los trabajadores del sector público y privado. Los empleadores que paguen un monto inferior al señalado quedarán obligados al pago de las diferencias correspondientes, sin perjuicio de las responsabilidades y sanciones a las que haya lugar.

Otra medida importante es la creación del “Bono contra la Guerra Económica”, un complemento solidario único de protección sin incidencia salarial. Este bono se pagará mensualmente y tiene diferentes montos según el grupo. Los trabajadores activos de la administración pública que cobran el Cestaticket Socialista recibirán Bs. 750,00, mientras que aquellos que por su condición de pasivos no cobran este beneficio recibirán Bs. 1.225,00. Por su parte, los pensionados del IVSS que no sean trabajadores activos o pasivos de la administración pública recibirán Bs. 500,00. Con esta medida, se busca proteger a los ciudadanos y mitigar el impacto de la situación económica.

El Decreto también establece que el Ejecutivo Nacional ordenará un ajuste mensual en los montos del Cestaticket Socialista y el Bono contra la Guerra Económica, tomando como referencia el tipo de cambio publicado por el Banco Central de Venezuela. Esta medida permitirá proteger el valor de estos beneficios y el poder adquisitivo de los trabajadores.

El aumento del Ingreso Mínimo Mensual y las medidas complementarias dictadas por el Gobierno Nacional de Venezuela buscan garantizar un ingreso mínimo para los trabajadores y pensionados.

Es importante destacar que Venezuela se encuentra en una situación económica compleja, afectada por la inflación y la devaluación de la moneda nacional. Esto representa uno de los principales desafíos que enfrenta el Gobierno Nacional.

Fuentes:

  • Gaceta Oficial No. 6.746 extraordinario de 1 de mayo de 2023, mediante la cual se establece el Aumento del Ingreso Mínimo Mensual para la Protección del Pueblo Venezolano, de fecha 1° de mayo de 2023.
  • Banco Central de Venezuela: https://www.bcv.org.ve/

SENIAT ajusta valor de la Unidad Tributaria de Bs. 0.40 a Bs. 9, representando un aumento del 2.150%

El Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT) anunció un ajuste en el valor de la Unidad Tributaria (UT) de cuarenta centésimas de bolívar (Bs. 0,40) a nueve bolívares (Bs. 9), lo que representa un aumento del 2.150%. La medida se llevó a cabo mediante la Providencia Administrativa N° SNAT/2023/000031 del SENIAT y se aplicará únicamente para la determinación de impuestos nacionales cuya recaudación y control corresponda al SENIAT, según lo dispuesto en el artículo 3, Parágrafo Tercero, del Código Orgánico Tributario.

La nueva UT entró en vigencia a partir de su publicación en la Gaceta Oficial Nro. 42.623 de fecha 8 de mayo de 2023. Este ajuste se produce como parte de los esfuerzos del gobierno venezolano para aumentar sus ingresos fiscales y hacer frente a la crisis económica que atraviesa el país.

Es importante destacar que la UT se utiliza como referencia para la determinación de diversas obligaciones tributarias, como el Impuesto sobre la Renta (ISLR) y el Impuesto al Valor Agregado (IVA), entre otros impuestos. Por lo tanto, este aumento en el valor de la UT tendrá un impacto directo en el cálculo de estos impuestos y, por ende, en las finanzas de las personas y empresas que los deben pagar.

Come es ampliamente conocido en el país, esta no es la primera vez que el SENIAT realiza un ajuste en el valor de la UT. De hecho, desde su creación en el año 1994, se han llevado a cabo varios ajustes con la pretensión de mantener su valor actualizado y acorde a la realidad económica del país.

Es importante que los ciudadanos y empresas estén al tanto de estos cambios en la UT y cómo afectan sus obligaciones tributarias. En este sentido, es recomendable consultar con un experto en materia fiscal para conocer los detalles y tomar las medidas necesarias para cumplir con las obligaciones tributarias correspondientes.

En conclusión, el ajuste en el valor de la Unidad Tributaria en Venezuela es una medida importante para el gobierno en su intento de aumentar los ingresos fiscales del país. Sin embargo, es importante que los ciudadanos y empresas estén al tanto de cómo les afecta este cambio y tomen las medidas necesarias para cumplir con sus obligaciones tributarias.

Fuentes:

  • “Gaceta Oficial Nro. 42.623”, 8 de mayo de 2023, https://www.gacetaoficial.gob.ve/gaceta-oficial/42-623/